Contraloría - Dictamen N° 68861 2009
Improcedencia pago feriado ex funcionario
Abstracto
Dictamen 68861 de 2009. Se determina que no corresponde compensación pecuniaria por feriado no utilizado a ex funcionaria del Hospital San Juan de Dios, conforme a dictamen 11618 de 2007, ya que el feriado es un beneficio inherente a la condición de funcionario.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Gladys Becker Muñoz, ex funcionaria del Hospital San Juan de Dios
- Materia: Pago de feriado no utilizado por ex funcionario.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho al pago del feriado correspondiente al año 2008, no utilizado durante su permanencia en el Hospital San Juan de Dios.
- Hechos relevantes: La interesada no pudo hacer efectivo la totalidad del feriado legal correspondiente al año 2008, debido a sus constantes licencias médicas.
III. MARCO NORMATIVO
- No se explicita normativa, pero se entiende aplicable el estatuto administrativo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde el pago del feriado no utilizado a una ex funcionaria.
- Argumentación CGR: El feriado es un beneficio inherente a la condición de funcionario.
- Jurisprudencia administrativa: Se invoca el dictamen N° 11.618, de 2007.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No corresponde compensar pecuniariamente a quienes no hayan hecho uso del feriado en su oportunidad.
- Alcance: Caso específico de la recurrente.
VII. RELACIÓN CON JURISPRUDENCIA
- Confirma dictámenes: Dictamen N° 11.618, de 2007....
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