Contraloría - Dictamen N° 12539 2010
Dictamen Contraloría sobre obligación de declarar intereses y patrimonio
Abstracto
La Contraloría General aclara que funcionarios directivos de la Administración del Estado están obligados a presentar declaraciones de intereses y patrimonio por su calidad de tales, independientemente de sus funciones o nivel remuneratorio.
Resumen
- La obligación de presentar declaraciones de intereses y patrimonio para funcionarios públicos se rige por la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en sus artículos 57 y 60 A.
- El artículo 57 de la Ley N° 18.575 establece la obligación de declarar intereses para autoridades, incluyendo Jefes Superiores de Servicio, y demás autoridades y funcionarios directivos, profesionales, técnicos y fiscalizadores de la Administración del Estado.
- La declaración de intereses, según el artículo 57 de la Ley N° 18.575, se aplica a los profesionales, técnicos y fiscalizadores en la medida que el cargo que ocupen sea equivalente, a lo menos, al de jefe de departamento.
- El artículo 60 A de la Ley N° 18.575 dispone que, sin perjuicio de la declaración...
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