Contraloría - Dictamen N° 13180 2010

Bono Ley 20305 improcedencia pago

Abstracto

Dictamen 13180 de 2010. Ex funcionario de Servicio de Salud no tiene derecho al bono de la ley 20305, ya que cesó en funciones por salud irrecuperable (causal distinta a las señaladas en la ley). Se aplica jurisprudencia administrativa.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Luis Farías Veas, ex funcionario del Servicio de Salud Metropolitano Sur.
  • Materia: Derecho al bono por daño previsional contemplado en la ley N° 20.305.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a percibir el bono por daño previsional de la ley N° 20.305.
  • Hechos relevantes: El recurrente cesó en sus funciones en el Servicio de Salud Metropolitano Sur el 1 de julio de 2003, debido a que su cargo fue declarado vacante por salud no recuperable.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley: N° 20.305, artículo 1°, inciso primero, y artículo quinto transitorio.
  • Decreto Ley: N° 3.500, de 1980.
  • Código del Trabajo: Artículo 161.
  • DFL: 1/2002 TRAPS

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si un ex funcionario de un servicio de salud, cuyo cargo se declaró vacante por salud no recuperable antes de la entrada en vigencia de la ley N° 20.305, tiene derecho al bono establecido en dicha ley.
  • Argumentación CGR: La ley N° 20.305 establece que el bono se otorga a quienes cesaron en sus funciones por renuncia voluntaria, obtención de pensión de vejez (DL 3.500), supresión del empleo o aplicación del artículo 161 del Código del Trabajo, entre el 14 de noviembre de 2...

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