Contraloría - Dictamen N° 16277 2010

Silencio administrativo positivo reconocimiento educacional

Abstracto

Dictamen 16277 de 2010. Se pronuncia sobre la aplicación del silencio administrativo positivo en el reconocimiento oficial de establecimientos educacionales que optan a subvención estatal. Establece que, operado el silencio, la autoridad no puede rechazar la solicitud. No procede pago retroactivo de subvención por no cumplir requisitos legales.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Sociedad Educacional R y M Limitada, sostenedora de la escuela básica “Cóndores”.
  • Materia: Aplicación del silencio administrativo positivo en el reconocimiento oficial de establecimientos educacionales que optan al régimen de subvención estatal.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de reconocimiento oficial de la escuela básica “Cóndores”, denegada inicialmente por resolución exenta N° 2.771, de 20 de agosto de 2008, del Secretario Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana, luego revocada por resolución exenta N° 502, de 6 de febrero de 2009, del Ministro de Educación subrogante, sin que se haya procedido al pago de la subvención.
  • Hechos relevantes: El recurrente solicitó la aplicación del silencio administrativo positivo el 27 de junio de 2008, invocando el artículo 25 de la ley N° 18.962. Posteriormente, se dictó la resolución exenta N° 2.771 rechazando el reconocimiento.
  • Documentación asociada: Resoluciones exentas N° 2.771/2008, N° 502/2009 y N° 5.537/2009; oficios del Subsecretario de Educación.

III. MARCO NORMATIVO

  • Constitución: No se menciona.
  • Leyes: Ley N° 18.962, artículos 23 letra a) y 25; Ley N° 19.880, artículos 1 y 64; Ley N° 20.248, artículo 37 numeral 2 letra ...

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