Contraloría - Dictamen N° 16354 2010
Improcedencia desistimiento pensión ex funcionaria
Abstracto
Dictamen 16354 de 2010. Ex funcionaria de Hospital Dr. Sótero del Río no tiene derecho a desistirse de pensión de vejez del ex Instituto de Normalización Previsional (INP) ya cursada, conforme al artículo 125 del D.F.L. N° 338, de 1960.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Patricia Palma Claros, ex funcionaria del Hospital Dr. Sótero del Río.
- Materia: Imposibilidad de desistimiento de pensión de vejez ya tramitada.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de revisión de la situación previsional, alegando concesión de pensión de vejez no solicitada que impide obtener bono por retiro voluntario (ley N° 20.282).
- Hechos relevantes: La recurrente inició trámite de jubilación por vejez con rebaja de edad por trabajos pesados. El Instituto de Previsión Social (IPS) informa que el desistimiento fue extemporáneo.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: 20.282 art. 2, 18.834 arts. 146 letra b) y 149.
- Reglamentos: D.F.L. N° 338/60 art. 125, D.L. N° 3.537/80 art. 6, D.F.L. 29/2004.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la ex funcionaria tiene derecho a desistirse de la pensión de vejez.
- Argumentación CGR: El acto administrativo quedó totalmente tramitado al ser notificado el Jefe Superior del Servicio de la toma de razón de la resolución. El desistimiento fue presentado fuera de plazo.
- Principios interpretativos: Aplicación del artículo 125 del D.F.L. N° 338, de 1960.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan dictámenes N°s 4.614 y 41.602, ambos de 20...
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