Contraloría - Dictamen N° 18077 2010
Revisión pensión viuda exonerado político
Abstracto
Dictamen N° 18.077 de 2010, a solicitud de Carlos Varela Miranda, revisa situación previsional de viuda de exonerado político. Se determina que pensión de viudez en el antiguo Servicio de Seguro Social, reliquidada según Ley 19.234, se encuentra ajustada a derecho. Incompatible con pensión no contributiva según artículo 16.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Carlos René Varela Miranda (hijo de la beneficiaria)
- Materia: Revisión de la situación previsional de viuda de exonerado político.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de revisión de la situación previsional de doña Laura Elena Miranda Méndez, viuda de don Luis Alberto Varela Troncoso, exonerado político.
- Hechos relevantes: Don Luis Alberto Varela Troncoso, fallecido en 2001, fue declarado exonerado político mediante resolución exenta N° 5.979, de 2008, del Ministerio del Interior, concediéndosele un abono de tiempo por gracia de 51 meses y 23 días, conforme al artículo 4° de la ley N° 19.234.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 19.234: Artículos 4°, 6°, 15° y 16° (abono de tiempo por gracia, pensiones no contributivas).
- Decreto Ley N° 3.500 de 1980.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la pensión de viudez de la señora Miranda Méndez se encuentra ajustada a derecho y su compatibilidad con otras pensiones.
- Argumentación CGR: La Contraloría General basa su análisis en la ley N° 19.234 y en los antecedentes previsionales del causante. Efectúa un cálculo estimativo de la pensión no contributiva de sobrevivencia, comprobando que resulta de un monto inferior al establec...
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