Contraloría - Dictamen N° 21699 2010
Resoluciones judiciales no control CGR
Abstracto
El Dictamen 21699 de 2010 rechaza solicitud de dejar sin efecto la toma de razón de la resolución de la Corte Suprema que removió al solicitante de su cargo de Notario, reiterando que las resoluciones judiciales no están sujetas al control de legalidad de la CGR.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Fernando Opazo Larraín, ex Notario Titular de la Novena Notaría de Santiago
- Materia: Solicitud de dejar sin efecto la toma de razón de resolución de la Corte Suprema que removió al solicitante de su cargo.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente solicita se deje sin efecto la toma de razón de la resolución N° 19, de 12 de mayo de 2004, de la Corte Suprema, que lo removió del cargo de Notario, y del decreto N° 589, de 2005, del Ministerio de Justicia, que nombró a don Pablo Alberto González Caamaño en ese cargo.
- Hechos relevantes: El peticionario alega falta de debido proceso en su remoción y que la única autoridad facultada para removerlo era el Presidente de la República. Afirma que debió declararse vacante el cargo antes de proveerlo mediante concurso.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículo 98.
- Leyes: Ley N° 18.575, artículo 1; artículos 76 y siguientes de la Carta Fundamental.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde a la Contraloría General dejar sin efecto la toma de razón de una resolución de la Corte Suprema y de un decreto del Ministerio de Justicia.
- Argumentación CGR: La CGR no tiene competencia para pronunciarse sobre el régimen estat...
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