Contraloría - Dictamen N° 33808 2010
Legalidad plazo informe ambiental acuicultura
Abstracto
Dictamen N° 33.808, de 2010, se pronuncia sobre la legalidad del plazo de tres meses para la aprobación del informe ambiental en las concesiones de acuicultura, establecido en el Dto. N° 397/2008, considerando que se ajusta a derecho.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Asociación Gremial de Productores de Salmón Coho y Trucha
- Materia: Legalidad del plazo para pronunciarse sobre el informe ambiental en las concesiones de acuicultura.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad de los incisos sexto y séptimo del N° 12 del artículo único del decreto N° 397, de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que modificó el artículo 19 del decreto N° 320, de 2001, de la misma Secretaría de Estado, que aprueba el Reglamento Ambiental para la Acuicultura.
- Hechos relevantes: El recurrente manifiesta que el plazo de tres meses para aprobar un informe ambiental es excesivo e impide la actividad económica de siembra oportuna de los peces.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.892, artículo 87; Ley N° 18.575; Ley N° 19.880, artículo 27.
- Reglamentos: DFL N° 430/91; DFL N° 1/19653/2000; Dto. N° 397/2008; Dto. N° 320/2001, artículos 2 letra p), 3 y 19; Dto. N° 319/2001, artículo 24 bis.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el plazo de tres meses establecido en los incisos sexto y séptimo del artículo 19 del decreto N° 320, de 2001, modificado por el decreto N° 397, de 2008, para que la autoridad se...
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