Contraloría - Dictamen N° 37078 2010
Procedencia legal y constitucional de servicios a particulares del SAF e IGM
Abstracto
Dictamen analiza si el Servicio Aerofotogramétrico e Instituto Geográfico Militar pueden prestar servicios a particulares, concluyendo que es procedente según la Ley 15.284 y la Constitución Política, sin contravenir principios constitucionales.
Resumen
- El presente dictamen analiza la procedencia de que el Servicio Aerofotogramétrico (SAF) de la Fuerza Aérea de Chile y el Instituto Geográfico Militar (IGM) presten servicios a particulares.
- La solicitud se basa en el artículo 4° de la Ley N° 15.284, que permite al SAF ejecutar trabajos propios de su especialidad a petición de diversas entidades, incluyendo particulares.
- El cobro por los servicios del SAF, según el artículo 5° de la Ley N° 15.284, debe ser fijado por la entidad y no ser inferior al costo.
- El artículo 19, N° 21, inciso segundo, de la Constitución Política restringe las actividades empresariales del Estado y sus organismos a autorizaciones mediante ley de quórum calificado.
- La disposición cuarta transitoria de la Constitución Política valida la aplicación de leyes e...
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