Contraloría - Dictamen N° 37344 2010
Reliquidación pensión pago desde solicitud
Abstracto
Dictamen N° 37.344 de 2010. Se rechaza reclamo de ex Cabo de la FACH sobre fecha de pago de reliquidación de su pensión de retiro. Se aplica el artículo 164 del DFL 1/68 (Defensa) que establece el pago desde la fecha de la solicitud respectiva.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alex Fabián Cea Segura, ex Cabo de la Fuerza Aérea de Chile
- Materia: Reclamo sobre la fecha de pago de la reliquidación de pensión de retiro.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente reclama que el pago de la reliquidación de su pensión debió ordenarse a contar de la fecha de su retiro.
- Hechos relevantes: La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas informó que la resolución N° 204, de 2009, de la ex Subsecretaría de Aviación, fijó un nuevo monto para la pensión, disponiéndose su pago a contar del 10 de diciembre de 2007, fecha del requerimiento del interesado.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, artículo 164, incisos primero y segundo; D.F.L. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, artículo final.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la fecha de pago de la reliquidación de la pensión del recurrente se ajusta a derecho.
- Argumentación CGR: El inciso primero del artículo 164 del D.F.L. N° 1, de 1968, dispone que las pensiones de retiro que no se solicitaren dentro del plazo de un año, contado desde la fecha en que se hicieren exigibles, sólo se pagarán desde la fecha de presentación de la solicitud respecti...
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