Contraloría - Dictamen N° 47177 2010
Revisión previsional viuda exonerado político
Abstracto
Dictamen 47177 de 2010. Se rechaza solicitud de revisión de situación previsional de viuda de exonerado político (Asentamiento El Pabellón) por ajustarse a Ley 19234 y Dto 39/99, al no ser más favorable el montepío no contributivo.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Idilia Rosa Soto Sanhueza, viuda de don José Rafael Catalán Barrera.
- Materia: Revisión de situación previsional de viuda de exonerado político.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de revisión de la situación previsional de la recurrente, viuda de ex trabajador del Asentamiento El Pabellón, quien fue reconocido como exonerado político.
- Hechos relevantes:
- El 21 de julio de 2003, la recurrente solicitó el reconocimiento de la calidad de exonerado político de su cónyuge.
- Mediante la resolución exenta N° 1.627, de 2008, del Ministerio del Interior, se declaró la calidad de exonerado político del señor Catalán Barrera, fallecido el 21 de agosto de 1995, concediéndosele 51 meses y 19 días de abono de tiempo por gracia, según el artículo 4° de la ley N° 19.234.
- En virtud de lo anterior, se reliquidó la pensión de viudez de la interesada, mediante la resolución exenta N° EXO R/-2.097, de 2008, del entonces Instituto de Normalización Previsional, fijándose su monto en $85.192 al mes, a contar del 1 de agosto de 2003.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 19.234: Artículo 4° (abono de tiempo por gracia) y artículo 12, inciso tercero (cálculo del montepío no contributivo).
- *Decreto N° 39, de 1999, del Ministe...
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