Contraloría - Dictamen N° 51769 2010
Desahucio ex funcionaria municipal IPS
Abstracto
Dictamen 51769 de 2010. Doña Susana Parra Carrasco solicita pago de desahucio como ex funcionaria municipal. Se indica que el beneficio debe ser solicitado al IPS, según ley 11.219, artículo 46, y DL 3.501, de 1980.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Susana Parra Carrasco
- Materia: Solicitud de pago de desahucio de ex funcionaria municipal.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de doña Susana Maribel Parra Carrasco, ex Administrativo grado 13 de la Municipalidad de Pemuco, para el pago del desahucio.
- Hechos relevantes: La solicitante prestó servicios entre el 4 de enero de 1982 y el 30 de abril de 2010 en la Municipalidad de Pemuco.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 11.219, artículo 46; decreto ley N° 3.501, de 1980, artículo 1, inciso 3; ley N° 17.322.
- Reglamentos: Decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, artículo 102 y siguientes.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la procedencia del pago del desahucio solicitado por la ex funcionaria municipal.
- Argumentación CGR: El desempeño de la funcionaria no se rigió por el decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960. El requerimiento debe ser efectuado en el Instituto de Previsión Social (IPS).
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: El derecho al beneficio de desahucio debe ser verificado por el IPS, conforme a la ley N° 11.219, artículo 46.
VI. EFECTOS Y APLICACIÓN
- Organismos afectados: Instituto de Previsión Social (IPS), Municipalidad de Pemuc...
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