Contraloría - Dictamen N° 4137 2011
Rechazo bono post laboral Textil Progreso
Abstracto
Dictamen 4137 de 2011. Se rechaza solicitud de bono post laboral (Ley 20.305) a ex trabajador de Textil Progreso S.A. por no haber sido empleado de la Administración ni haber cesado funciones en organismos públicos según lo exige la ley.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: José Domingo Olivares Cortés
- Materia: Derecho al bono post laboral establecido en la ley 20.305.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente, ex trabajador de la empresa Textil Progreso S.A., consulta sobre su derecho a percibir el bono de la ley N° 20.305, considerando que se acogió a pensión de vejez bajo el sistema del DL 3500/80.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 20.305, artículo 1°.
- Ley: Ley N° 18.575, Título II.
- Decreto Ley: DL N° 3.500, de 1980.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el recurrente cumple con los requisitos para acceder al bono post laboral establecido en la ley 20.305.
- Argumentación CGR: Se indica que el artículo 1° de la ley 20.305 concede el bono al personal que desempeñe cargos en órganos y servicios públicos regidos por el Título II de la ley N° 18.575, entre otros. El artículo quinto transitorio de la misma ley establece que las personas que hayan cesado en funciones por renuncia voluntaria, pensión de vejez, supresión del empleo o necesidades de la empresa, entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009, en alguno de los organismos señalados, tendrán derecho al bono, cumpliendo ciertas condiciones.
V. PRONUNCIAMIENTO
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