Contraloría - Dictamen N° 5384 2011

Subsidio cálculo honorarios entidades EGIS

Abstracto

Dictamen 5384 de 2011. Se determina que el "monto del subsidio" para el pago de honorarios a las EGIS, según la Resolución 533/97, corresponde al monto fijado en el artículo 3° del DTO 174/2005, excluyendo subvenciones accesorias.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Víctor Zegpi Estrada, en representación de Theo Alejandro Superby Devivo
  • Materia: Determinación del monto del subsidio aplicable para el pago de honorarios a las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS).

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la correcta interpretación de la expresión “monto del subsidio” contenida en el N° 23 del artículo 2° de la resolución N° 533, de 1997, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).
  • Hechos relevantes: Discrepancia entre el solicitante y el SERVIU de la Región del Bío-Bío sobre si el “monto del subsidio” corresponde a la suma total de subsidios recibidos por un beneficiario o al monto indicado en la tabla del artículo 3° del decreto N° 174, de 2005, del MINVU.

III. MARCO NORMATIVO

  • Resolución 533/97 vivie art/2 num/23: Fija procedimiento para prestación de servicios de asistencia técnica a programas de viviendas.
  • DTO 174/2005 vivie art/2: Define Subsidio Habitacional y Subsidio para Equipamiento.
  • DTO 174/2005 vivie art/3: Determina la base de cálculo aplicable para realizar el pago de los honorarios en la Modalidad A, Asistencia Técnica y Social a la Construcción de Viviendas, a las Entidades de Gestión Inmobiliaria Social (EG...

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