Contraloría - Dictamen N° 21494 2011
Pago horas extras comisión estudios
Abstracto
Dictamen 21494 del 2011. El Servicio de Salud Metropolitano Sur debe pagar las horas extraordinarias a médico en comisión de estudios, conforme a la ley 19664 y dictámenes 13227/2011 y 4789/2002 de la CGR.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Osvaldo Alfredo Arriagada Poblete, médico cirujano del Hospital Barros Luco Trudeau (Servicio de Salud Metropolitano Sur).
- Materia: Pago de horas extraordinarias durante comisión de estudios.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la obligación de pagar horas extraordinarias efectuadas durante comisión de estudios en programa de especialización en el Hospital de Urgencia Asistencia Pública (Servicio de Salud Metropolitano Central).
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: N° 19.664 (Etapa de Destinación y Formación de profesionales funcionarios).
- Reglamento: Artículo 15 del decreto N° 91 de 2001 del Ministerio de Salud.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: ¿Cuál Servicio de Salud (origen o donde se realiza la comisión) debe pagar las horas extraordinarias generadas durante la comisión de estudios?
- Argumentación CGR: El Servicio de Salud de origen (en este caso, el Servicio de Salud Metropolitano Sur) es responsable del pago, ya que dispuso la comisión de estudios con pleno conocimiento de las obligaciones del funcionario según el programa de especialización.
- Jurisprudencia administrativa: Se invoca el dictamen N° 13.227 de 2011.
V. PRONUNCIAMIENTO
- *Decisión...
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