Contraloría - Dictamen N° 21758 2011
Pago horas extras comisión estudios
Abstracto
Dictamen N° 21.758 de 2011. Se refiere al pago de horas extraordinarias a funcionaria del Servicio de Salud Bío Bío en comisión de estudios. Aplica ley 19.664 y Dto. 91/2001. El Servicio de Salud de origen debe compensar las horas extraordinarias.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Patricia Andrea Parada Vallejo, médico cirujano del Servicio de Salud Bío Bío.
- Materia: Pago de horas extraordinarias en comisión de estudios.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La recurrente solicita pronunciamiento sobre cuál organismo debe pagar las horas extraordinarias efectuadas durante su comisión de estudios en el Hospital Dr. Luis Calvo Mackenna.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: N° 19.664 (Etapa de Destinación y Formación).
- Reglamento: Artículo 15 del decreto N° 91, de 2001, del Ministerio de Salud.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la entidad responsable del pago de horas extraordinarias a un funcionario en comisión de estudios.
- Argumentación CGR: El Servicio de Salud de origen es responsable de compensar las horas extraordinarias incurridas durante la comisión de estudios, dado que este organismo dispuso la comisión con pleno conocimiento de las obligaciones del programa de especialización.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Le asiste a la recurrente el derecho a la retribución por las horas extraordinarias realizadas.
- Criterios establecidos: El Servicio de Salud Bío Bío es responsable del pago de horas extraordinarias.
VII. RELACIÓN CON JURISP...
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