Contraloría - Dictamen N° 28219 2011
Improcedencia nuevo pago bono reparación
Abstracto
Dictamen 28219 de 2011. Se rechaza solicitud de pago del bono de reparación (Ley 19992) a ex trabajador de la Empresa Portuaria de Chile, al constar que ya fue cobrado. Acreditación de pago a terceros debe ser declarada judicialmente.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Juan Báez López, ex trabajador de la antigua Empresa Portuaria de Chile.
- Materia: Pago del bono de reparación establecido en la ley N° 19.992.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente alega no haber percibido el bono de reparación establecido en la ley N° 19.992, en su calidad de exonerado político.
- Hechos relevantes: El Instituto de Previsión Social (IPS) informa que el bono fue cobrado personalmente por el solicitante el 12 de septiembre de 2005.
- Documentación asociada: Expedientes del peticionario y carpeta de sumario administrativo remitidos por el IPS.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.992.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la procedencia de un nuevo pago del bono de reparación establecido en la ley N° 19.992, considerando que el IPS informa que el bono ya fue cobrado por el solicitante.
- Argumentación CGR: No es posible disponer nuevamente el pago del bono, salvo que se acredite fehacientemente que le fue pagado a un tercero, lo que debe ser declarado judicialmente, previa investigación del Ministerio Público.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No es posible que se disponga nuevamente el pago del bono en examen, salvo que se acredite fe...
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