Contraloría - Dictamen N° 31969 2011
Asignación obligatoria cuarto turno personal
Abstracto
Dictamen 31969 de 2011. El personal destinado a labores de cuarto turno tiene derecho a la asignación de turno según DFL 1/2005, considerando los cupos fijados para el establecimiento, no dependiendo de la voluntad del Director.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Iván Azócar Lorca, funcionario del Complejo Hospitalario San José.
- Materia: Asignación de cuarto turno para personal de la salud.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la facultad del Director del Complejo Hospitalario San José para conceder la asignación de cuarto turno.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud: Artículos 94 y siguientes (asignación de turno) y artículo 23, letra g) (facultades del Director del establecimiento).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el Director del Complejo Hospitalario San José tiene la facultad discrecional de conceder la asignación de cuarto turno.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) señala que la asignación de cuarto turno es un derecho para el personal destinado a dichas labores, una vez que se le ha asignado un cupo para ello. La facultad del Director se limita a la designación del personal, pero el derecho al estipendio surge del cumplimiento de las labores en cuarto turno.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N° 22.209 de 2011, N° 44.073 de 2010 y N° 80.395 de 2010.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: El personal dest...
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