Contraloría - Dictamen N° 35237 2011
Académico no puede integrar Junta
Abstracto
Dictamen 35237 de 2011. Contraloría determina la imposibilidad de que un académico de excelencia contratado por la Universidad de Magallanes integre la Junta Directiva, según lo dispuesto en el artículo 8 de la ley 20.374.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Universidad de Magallanes
- Materia: Imposibilidad de que un académico de excelencia integre la Junta Directiva.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud para determinar si un académico de excelencia contratado por la Universidad de Magallanes puede ser miembro de la Junta Directiva y si esto es compatible con los beneficios de la ley N° 20.374.
- Hechos relevantes: El profesor Sergio Lausic Glasinovic se acogió a los beneficios de la ley N° 20.374 y luego fue contratado como académico de excelencia.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.374: Artículos 1, 4 y 8.
- Decreto Ley N° 3.500 de 1980.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si un académico de excelencia contratado bajo la ley N° 20.374 puede integrar la Junta Directiva de la Universidad de Magallanes.
- Argumentación CGR: La categoría de "académico de excelencia" es una excepción legal con ámbito de aplicación restrictivo. El artículo 8° de la ley N° 20.374 limita las actividades que pueden realizar los académicos de excelencia.
V. PRONUNCIAMIENTO
- No es posible que Sergio Lausic Glasinovic, en su calidad de académico de excelencia, sea designado como miembro de la Junta Directiva de la Universidad de Magallanes.
- De...
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