Contraloría - Dictamen N° 38652 2011

Devolución IVA sujeta a CTB

Abstracto

Dictamen 38652 del 20-VI-2011, sobre resolución N° 33/2011 de la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII, que autoriza devolución a CAMPANARIO GENERACIÓN S.A. por remanente de crédito fiscal IVA. CGR indica que el pago debe efectuarse según plazos del art. 126 del Código Tributario, no según Ley 20.258.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Dirección de Grandes Contribuyentes, Servicio de Impuestos Internos.
  • Materia: Cursa con alcance resolución que autoriza devolución por remanente de crédito fiscal IVA.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Resolución N° 33, de 2011, de la Dirección de Grandes Contribuyentes, del Servicio de Impuestos Internos, que autoriza la devolución a la empresa CAMPANARIO GENERACIÓN S.A. por concepto de remanente de crédito fiscal del impuesto al valor agregado, originado en las adquisiciones de petróleo diesel destinadas a la generación de electricidad.

III. MARCO NORMATIVO

  • Código Tributario: Artículo 126.
  • Ley N° 20.258.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Procedimiento y plazos para el pago de la devolución autorizada.
  • Argumentación CGR: El Servicio de Tesorerías deberá proceder al pago de la devolución conforme a los plazos normales establecidos al efecto y no en los términos a que hace referencia el párrafo final de la parte dispositiva del documento en examen, por cuanto la solicitud se ha tramitado y resuelto al tenor de lo señalado en el inciso segundo del artículo 126 del Código Tributario, sin sujeción a los procedimientos y plazos especiales regulados en la Ley N°20.258.

V. PRONUNCI...

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