Contraloría - Dictamen N° 47692 2011
Destinación docente requiere Plan Anual
Abstracto
Dictamen 47692 de 2011. La Contraloría General de la República indica que no procede la destinación de un docente si el Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal no expresa los motivos de la medida, conforme a la ley 19070.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Municipalidad de Licantén
- Materia: Improcedencia de destinación de docente por falta de motivación en el Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del oficio N° 5.116, de 2011, de la Contraloría Regional del Maule, que ratificó el oficio N° 4.067 del mismo año, declarando improcedente la destinación de la docente doña Sury Muñoz Muñoz.
- Hechos relevantes: La Municipalidad de Licantén argumenta que la reubicación se ajustó a derecho, dado que el Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal contemplaba dos docentes para el establecimiento al que la educadora fue destinada y apoderados presentaron reclamos en su contra.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 19.070: Artículo 42 (destinación de docentes), artículo 22 (adecuaciones a la dotación docente), artículos 72 y 73.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la destinación de la docente doña Sury Muñoz Muñoz, considerando lo dispuesto en el Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal.
- Argumentación CGR: La destinación de profesionales de la educación, por decisión unilateral de la autoridad, solo procede como consecuencia de la fijación o adecuación anual de ...
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