Contraloría - Dictamen N° 49543 2011
Improcedencia bono retiro voluntario vacancia
Abstracto
Dictamen 49543 de 2011. Ex funcionario de Hospital no tiene derecho a bono por retiro voluntario (ley 20282) por cese de funciones por declaración de vacancia y no cumplir requisito de edad ni régimen de pensiones (DL 3500).
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: José Manuel Muñoz Navarro, ex funcionario del Hospital Barros Luco Trudeau.
- Materia: Improcedencia del pago de bono por retiro voluntario (ley 20282) por cese de funciones por declaración de vacancia y no cumplir requisitos de edad y régimen previsional.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente solicita un pronunciamiento sobre su derecho a percibir la bonificación por retiro voluntario prevista en el artículo 1° de la ley N° 20.282.
- Hechos relevantes: El Hospital informa que el recurrente cesó en funciones por declaración de vacancia y no cumple con la edad requerida.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 20282: Artículo 1° y artículo primero transitorio de la ley N° 20.209.
- Decreto Ley 3500/80.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el recurrente cumple con los requisitos para acceder al bono por retiro voluntario contemplado en la ley N° 20.282.
- Argumentación CGR: El recurrente cesó en funciones por declaración de vacancia (salud irrecuperable) y no cumple con el requisito de edad establecido en la ley N° 20.282. Además, obtuvo una pensión por invalidez en un régimen distinto al establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980.
V. PRONUNCIAMIENTO
- *Decisión princip...
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