Contraloría - Dictamen N° 50435 2011

Régimen previsional obreros Astilleros Armada

Abstracto

Dictamen 50435 de 2011. La CGR, a solicitud de CAPREDENA, se pronuncia sobre el régimen previsional aplicable a trabajadores de ASMAR, señalando que, al haber sido contratados como obreros con posterioridad a la ley 17.141, les corresponde el régimen del ex Servicio de Seguro Social o el del DL 3500.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA)
  • Materia: Régimen previsional aplicable a trabajadores de Astilleros y Maestranzas de la Armada (ASMAR).

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Determinación del régimen previsional de trabajadores de ASMAR (Planta Industrial Talcahuano) que ingresaron a la institución estando vigente el D.F.L. N° 321, de 1960.
  • Hechos relevantes: Los trabajadores Ismael del Carmen Araya Pérez, Pedro Tomás Bastías Marín, José Miguel Maldonado Mora y René Emilio Ponce Fuentes ingresaron a ASMAR como obreros transitorios (soldadores) en 1978 y 1979, siendo posteriormente contratados como obreros de planta.

III. MARCO NORMATIVO

  • D.F.L. N° 321, de 1960, artículo 23, inciso segundo (texto sustituido por el artículo 5°, letra b), del D.L. N° 551, de 1974).
  • Ley N° 10.383
  • Ley N° 17.141, artículo único, inciso segundo (publicada el 25 de abril de 1969).
  • Leyes N°s. 15.944, 16.386 y 17.141
  • D.L. N° 3.500, de 1980, artículo 1° transitorio.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si los trabajadores de ASMAR deben ser considerados empleados para efectos previsionales y, por ende, imponentes de CAPREDENA.
  • *Argumentaci...

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