Contraloría - Dictamen N° 53506 2011
Improcedencia bono por vacancia cargo
Abstracto
Dictamen 53506 de 2011. Ex funcionaria del Hospital de Arica no tiene derecho al bono de la ley 20305, ya que cesó por declaración de vacancia, causal no contemplada en el artículo quinto transitorio de dicha ley. Se aplica jurisprudencia anterior.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: María Muñoz Ossandón, ex funcionaria del Hospital Regional de Arica.
- Materia: Improcedencia del bono post laboral de la ley 20305 por cese de funciones por causal no contemplada.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho al bono de la ley N° 20.305.
- Hechos relevantes: La recurrente cesó en sus funciones por declaración de vacancia del cargo.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 20.305, artículos 1° inciso 1, 2° y 5° transitorio; D.L. N° 3.500 de 1980; Artículo 161 del Código del Trabajo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la ex funcionaria tiene derecho al bono de la ley 20305, considerando que cesó por declaración de vacancia.
- Argumentación CGR: El artículo quinto transitorio de la ley N° 20.305 establece que el bono se otorga a quienes hayan cesado por causales específicas, entre ellas, obtener pensión de vejez de conformidad con el decreto ley N° 3.500, de 1980, por supresión del empleo o por aplicación del inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, por necesidades de la empresa. La declaración de vacancia no se encuentra entre estas causales.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La recurrente no...
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