Contraloría - Dictamen N° 54851 2011
Sanción ajustada derecho pernoctación cuartel
Abstracto
Dictamen 54851 de 2011. Carlos Heberto Leimbach Peralta, funcionario de Carabineros, consulta sobre sanción por incumplir obligación de pernoctar en cuartel. CGR determina que la sanción se ajusta a derecho según Ley 18961 y Dto 1818/67.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Carlos Heberto Leimbach Peralta, funcionario de Carabineros de Chile
- Materia: Legalidad de sanción disciplinaria por incumplimiento de obligación de pernoctar en cuartel.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad de la sanción de un día de arresto aplicada al recurrente por salir del cuartel fuera del horario permitido para el personal soltero.
- Hechos relevantes: El recurrente fue sancionado con un día de arresto por abandonar el cuartel sin autorización después del horario de recogida del personal soltero.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, artículo 37.
- Reglamentos: Decreto N° 1.818, de 1967, del Ministerio del Interior, artículo 28, letra g).
- Normativa interna: Orden General N° 1.104, de 1996, de la Dirección General de Carabineros, N° 2.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la sanción aplicada al funcionario de Carabineros por infringir la obligación de pernoctar en el cuartel se ajusta a derecho.
- Argumentación CGR: El personal de nombramiento institucional soltero de Carabineros de Chile tiene la obligación de pernoctar en los cuarteles, según lo determine la regl...
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