Contraloría - Dictamen N° 55628 2011

Alcalde debe fundar resolución apelación

Abstracto

Dictamen 55628 de 2011. El Alcalde de Santiago debe pronunciarse fundadamente sobre la apelación de un funcionario municipal respecto a su calificación, asegurando que el informe cuatrimestral sea emitido por su jefe directo, según Ley 18883.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Don Carlos García Aravena, funcionario de la Municipalidad de Santiago
  • Materia: Procedimiento de calificación de funcionario municipal y recurso de apelación.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Recurso especial de reclamación contra calificaciones del período 2009-2010.
  • Hechos relevantes: El recurrente alega que el funcionario que emitió el informe cuatrimestral no era su jefe directo, afectando el procedimiento calificatorio. El alcalde rechazó la apelación sin fundamentación.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley: Ley N° 18.883, artículos 47, 156 y 37.
  • Reglamento: Decreto N° 1.228 de 1992 del Ministerio del Interior, artículo 18 inciso segundo.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Si procede que el alcalde se pronuncie nuevamente sobre el recurso de apelación de un funcionario municipal en un proceso calificatorio, esta vez de manera fundada.
  • Argumentación CGR:
    • La precalificación debe ser realizada por el jefe directo, según el artículo 37 de la ley N° 18.883.
    • Los principios de igualdad y ecuanimidad exigen que la superioridad alcaldicia fundamente su decisión al resolver el recurso de apelación.
  • Jurisprudencia administrativa: Se aplican los dictámenes N° 44.424 de 2009, N° 29.6...

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