Contraloría - Dictamen N° 60721 2011
Bono ley 20305 y requisitos
Abstracto
Dictamen 60721 de 2011. Alcalde de la Municipalidad de Requínoa consulta sobre el bono de la ley 20305. Se aplica el criterio del dictamen 42848/2011, señalando que la ley no exige un tiempo mínimo de servicios antes de 1981, ni estar en funciones en esa fecha.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcalde de la Municipalidad de Requínoa
- Materia: Cumplimiento de requisitos para acceder al bono de la ley 20305.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre si doña Edith Recabarren Apablaza, profesional de la educación de la Municipalidad de Requínoa, cumple los requisitos para acceder al bono de la ley N° 20.305.
- Hechos relevantes: La funcionaria prestó labores discontinuas en el Ministerio de Educación antes del 1 de mayo de 1981, pero no se encontraba en funciones en esa fecha.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 20.305, artículo 1, inciso 1; artículo 2. D.F.L. N° 1-3.063 de 1980 del Ministerio del Interior.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la funcionaria cumple con los requisitos del artículo 2° de la ley N° 20.305 para acceder al bono, considerando sus labores discontinuas previas a 1981.
- Argumentación CGR: Se aplica el criterio establecido en el dictamen N° 42.848 de 2011, que señala que la ley N° 20.305 no exige un tiempo mínimo de servicios antes del 1 de mayo de 1981, ni tampoco que el interesado se haya encontrado en funciones en esa fecha.
- Jurisprudencia administrativa: Dictamen N° 42.848, de 2011.
V. PRONUNCIAMIENTO
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