Contraloría - Dictamen N° 66672 2011

Improcedencia montepío hija casada causante

Abstracto

Dictamen 66672 de 2011. Se rechaza solicitud de montepío de hija de ex pensionado de la Caja de Retiro y Previsión Social de Ferrocarriles del Estado, por encontrarse casada al momento del fallecimiento del causante, conforme al artículo 3° de la ley N° 12.522 y jurisprudencia reiterada.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Gladys Filomena Díaz Cádiz
  • Materia: Improcedencia del derecho a montepío por estar casada al fallecimiento del causante.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de reconocimiento de derecho a montepío en calidad de hija de ex pensionado de la antigua Caja de Retiro y Previsión Social de Ferrocarriles del Estado.
  • Hechos relevantes: La solicitante, hija de don Jorge Osvaldo Díaz Astorga, solicita el beneficio de montepío tras la declaración de nulidad de su matrimonio. Al momento del fallecimiento de su padre (4 de diciembre de 2000) se encontraba casada. La sentencia de nulidad del matrimonio fue dictada el 14 de septiembre de 2010.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Ley N° 12.522, artículo 3°, letra c).
  • Código Civil: Artículos 707, 1687 y 907 inciso 3°.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si procede el pago de montepío a la hija que, al momento del fallecimiento del causante, se encontraba casada y cuyo matrimonio fue declarado nulo con posterioridad.
  • Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) señala que la jurisprudencia administrativa ha establecido que no es posible conceder el beneficio de montepío a la hija que, al momento de la delación del mo...

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