Contraloría - Dictamen N° 67049 2011
Régimen previsional obrero ASMAR
Abstracto
Dictamen 67049 de 2011. Se determina el régimen previsional aplicable a obrero de ASMAR que no pudo optar al régimen de CAPREDENA al no ser imponente al ingresar. Se confirma que su régimen previsional es el del sector privado, conforme a la ley 18458.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA)
- Materia: Régimen previsional aplicable a obrero de ASMAR que no pudo ejercer derecho de opción.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el régimen previsional del señor Juan Hernán Henríquez Cruces, trabajador de ASMAR.
- Hechos relevantes:
- Ingreso a ASMAR en 1979 como obrero transitorio.
- Contratación como obrero de planta a partir de enero de 1985.
III. MARCO NORMATIVO
- D.F.L. N° 321 de 1960: Artículo 23, inciso segundo (texto sustituido por el artículo 5°, letra b), del D.L. N° 551 de 1974).
- Ley N° 10.383.
- Ley N° 18.296: Artículo 18.
- Ley N° 18.458: Artículo 3.
- D.L. N° 3.500 de 1980: Artículo 1 transitorio.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar el régimen previsional aplicable al trabajador de ASMAR, considerando su condición de obrero al ingreso y la posterior contratación como empleado.
- Argumentación CGR:
- Al ingresar como obrero en 1979, el régimen previsional aplicable era el del ex Servicio de Seguro Social (Ley N° 10.383), según el D.F.L. N° 321 de 1960.
- El artículo 18 de la ley N° 18.296 permite a ASMAR contratar personal civi...
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