Contraloría - Dictamen N° 69986 2011
Revisión pensión gracia fuera de plazo
Abstracto
Dictamen 69986 de 2011. Se rechaza solicitud de revisión de pensión no contributiva por gracia de exonerado político, presentada por Gastón Enrique Muñoz Tabilo, debido a que el plazo de 3 años establecido en el artículo 4° de la Ley 19260 para tales revisiones se encuentra vencido.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Gastón Enrique Muñoz Tabilo
- Materia: Improcedencia de revisión de pensión no contributiva por gracia, debido al vencimiento del plazo legal.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de revisión de pensión no contributiva por gracia, presentada por don Gastón Enrique Muñoz Tabilo, exonerado político, fundada en la supuesta imprescriptibilidad de las jubilaciones.
- Hechos relevantes: La resolución N° 5.200, de 2001, del ex Ministerio del Interior, declaró la calidad de exonerado político del interesado, concediéndole una pensión no contributiva por gracia, por la suma inicial mensual de $ 82.673.-, a contar del 1 de septiembre de 1998. El Instituto de Previsión Social informó que ha transcurrido el plazo de tres años que la ley establece para la revisión de su jubilación.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 19.260, artículo 4°, incisos 1°, 3° y 4°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la revisión de la pensión no contributiva por gracia del solicitante, considerando el plazo establecido en el artículo 4° de la ley N° 19.260.
- Argumentación CGR: Aunque el derecho a obtener pensiones de vejez, invalidez, sobrevivencia y jubilaciones es imprescriptible, la revisión de...
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