Contraloría - Dictamen N° 71073 2011
SII: Restitución diferencia no aplica Toma Razón
Abstracto
El Dictamen 71073/2011 de la CGR se abstiene de tomar razón de la resolución 46/2011 del SII, que ordenaba la devolución de € 753.560,61 a Inversiones Telefónica Dos S.A., al tratarse de una restitución de diferencia según el artículo 97 del DL 824/74 y no un pago en exceso.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos (SII)
- Materia: Abstención de toma de razón de resolución que ordena devolución de pagos provisionales mensuales.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Resolución N° 46 de 2011 de la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII que ordena la devolución de € 753.560,61 a la empresa Inversiones Telefónica Dos S.A.
III. MARCO NORMATIVO
- Decreto Ley: DL 824/74, artículo 97 (Ley sobre Impuesto a la Renta).
- Resolución: Resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, numeral 8.6 del artículo 8° y Título VI.
- Ley: Ley N° 20.481, Presupuestos del Sector Público para el año 2011.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la restitución ordenada corresponde a un pago en exceso o indebido sujeto a toma de razón, o a una restitución de diferencia no sujeta a dicho trámite.
- Argumentación CGR: La CGR indica que la resolución N° 1.600 de 2008, en su numeral 8.6 del artículo 8°, solo sujeta a toma de razón las devoluciones por exceso o pago indebido solicitadas por los contribuyentes. En este caso, se trata de una restitución de diferencia generada a favor de la sociedad, de acuerdo al artículo 97 del ...
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