Contraloría - Dictamen N° 71288 2011
Exención toma razón convenio Ascon
Abstracto
Dictamen 71288 del 14-XI-2011. La CGR se abstiene de tomar razón de la resolución 94/2011 de la Dirección de Obras Portuarias, que aprueba convenio con Ascon Limitada por servicios al transbordador "La Tehuelche", al encontrarse exento del trámite de toma de razón según la resolución 1600/2008.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Dirección de Obras Portuarias
- Materia: Exención del trámite de toma de razón por cuantía.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Resolución N° 94/2011 de la Dirección de Obras Portuarias que aprueba convenio ad-referéndum con la empresa Ascon Limitada para servicios de vigilancia, custodia y mantención mínima del transbordador "La Tehuelche" durante el período de marcha blanca.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el convenio aprobado por la resolución N° 94/2011 requiere toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.
- Argumentación CGR: El documento se encuentra exento del trámite de toma de razón debido a su cuantía, conforme a lo dispuesto en la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La Contraloría General de la República se abstiene de ejercer el control preventivo de juridicidad de la resolución N° 94/2011 de la Dirección de Obras Portuarias.
VI. EFECTOS Y APLICACIÓN
- Se remite adjunto el acto administrativo en estudio, aplicándose a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la resolución N° 1.600 de 2008.
VII. RELACIÓN CON JURISPRUDE...
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