Contraloría - Dictamen N° 77719 2011
Reclamos competencia Subsecretaría de Telecomunicaciones
Abstracto
Dictamen 77719 de 2011. Se remite a la Subsecretaría de Telecomunicaciones presentación sobre cobros por servicio de larga distancia, conforme al artículo 28 bis de la ley 18168, que establece que los reclamos derivados de esa ley deben ser resueltos por dicha Subsecretaría.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alicia Alejandra Díaz Astudillo
- Materia: Reclamo por cobros de servicio de larga distancia
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Presentación ante la Contraloría General de la República (CGR) debido al rechazo de un reclamo por parte de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL) respecto a cobros por servicio de larga distancia.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, artículo 28 bis.
- Ley: Ley N° 19.880, artículo 14.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinación del organismo competente para resolver reclamos relacionados con cobros por servicio de larga distancia.
- Argumentación CGR: La CGR señala que, de acuerdo con el artículo 28 bis de la Ley N° 18.168, los reclamos formulados por usuarios contra concesionarios, que se refieran a cuestiones derivadas de dicha ley, deben ser resueltos por la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
- Argumentación CGR: Se remite a la Subsecretaría la presentación en virtud del artículo 14 de la ley 19.880.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La CGR remite la presentación a la Subsecretaría de Telecomunicaciones para que dé respuesta directa al interesado.
VI. EFECTOS Y APLICACIÓN
- *Organismos a...
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