Contraloría - Dictamen N° 7375 2012

Pensionada CAPREDENA puede volver a imponer

Abstracto

Dictamen 7375 de 2012. Pensionada CAPREDENA puede volver a ser imponente de ese régimen, conforme al artículo 10 de la Ley 18.458, al reingresar a ASMAR. Se regulariza su situación previsional.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Vicepresidente Ejecutivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional
  • Materia: Régimen previsional aplicable a pensionada de CAPREDENA que reingresa a ASMAR

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el régimen previsional de doña Maritza Liliann Segura Figueroa, trabajadora de ASMAR.
  • Hechos relevantes: La interesada fue pensionada de CAPREDENA y reingresó a ASMAR.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley N° 18.458: Artículos 1°, 3° y 10.
  • D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional.
  • D.L. N° 3.500, de 1980.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si una persona pensionada por CAPREDENA puede volver a ser imponente de dicho régimen al reingresar a un organismo dependiente del Ministerio de Defensa Nacional.
  • Argumentación CGR: El artículo 10 de la Ley N° 18.458 establece que los pensionados de CAPREDENA siguen afectos a dicho organismo en caso de volver al servicio en instituciones dependientes del Ministerio de Defensa Nacional.

V. PRONUNCIAMIENTO

  • Decisión principal: Doña Maritza Liliann Segura Figueroa tiene derecho a volver a ser imponente del régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.

VI. EFECTOS Y APLICACIÓN

  • CAP...

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