Contraloría - Dictamen N° 14487 2012
Reintegro remuneraciones destitución JUNJI
Abstracto
Dictamen N° 14487 de 2012. La CGR determina que no procede el pago íntegro de remuneraciones a funcionaria suspendida y luego destituida. Debe reintegrar los montos percibidos indebidamente durante la suspensión. Aplica art. 136 ley 18834.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Gladys Ester Gutiérrez Flores, ex funcionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI).
- Materia: Reintegro de remuneraciones y legalidad de destitución.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por la medida disciplinaria de destitución y solicitud de pronunciamiento sobre reintegro de remuneraciones.
- Hechos relevantes: La recurrente fue destituida y se le exige reintegro de remuneraciones pagadas erróneamente durante su suspensión.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.834, artículo 136, inciso segundo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede el reintegro de remuneraciones pagadas durante la suspensión de funciones previa a la destitución, y la legalidad de la destitución.
- Argumentación CGR: No procede la restitución de remuneraciones, salvo que el funcionario sea absuelto o se le aplique una sanción inferior a la destitución. La recurrente tiene la obligación de reintegrar las remuneraciones indebidamente percibidas.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes Nos 36.589 de 2004, 27.145 de 2005 y 46.980 de 2011.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La recurrente debe reintegrar las remuneraciones indebidamente percibidas.
- ...
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