Contraloría - Dictamen N° 18193 2012
Reglamentos FNDR sujetos a toma de razón
Abstracto
Dictamen 18193 de 2012. Intendente del Gobierno Regional de Aysén consulta sobre potestad reglamentaria en el FNDR. CGR señala que reglamentos sobre ejecución de fondos de inversión regional son normas generales sujetas a toma de razón, conforme a Ley 19175 y jurisprudencia reiterada.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Consejero del Gobierno Regional de Aysén
- Materia: Facultad de los Gobiernos Regionales para dictar reglamentos relativos al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) y su tramitación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la potestad del Gobierno Regional para dictar reglamentos sobre la inversión de recursos del FNDR y si los actos que sancionen esos textos deben ser remitidos a la Contraloría para su toma de razón.
- Hechos relevantes: El Intendente Regional indica que los acuerdos sobre la distribución de haberes del FNDR no son reglamentos según el artículo 16 letra d) de la ley N° 19.175, y no están sometidos a toma de razón según la resolución N° 1.600 de 2008 de la CGR.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículos 111 y 113.
- Leyes: Ley N° 19.175, artículo 16 letra d).
- Reglamentos: Resolución N° 1.600 de 2008 de la CGR.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si los reglamentos dictados por los Gobiernos Regionales relativos a la inversión de los recursos del FNDR deben ser sometidos al trámite de toma de razón por la Contraloría.
- Argumentación CGR: Por mandato constitucional y legal, los gobiernos regionales tienen potestad norm...
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