Contraloría - Dictamen N° 19980 2012
Gendarmería puede establecer turnos llamada
Abstracto
Dictamen N° 19980 de 2012. ANFUP consulta sobre sistema de turnos de llamada en Gendarmería. CGR determina que Gendarmería puede implementar sistema de turnos de llamada para atender emergencias, debiendo compensar el tiempo adicional trabajado.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios -ANFUP-
- Materia: Procedencia de implementar sistema de turnos de llamada en Gendarmería.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad de un sistema de turnos de llamada que obliga a funcionarios de la Unidad de Servicios Especiales Penitenciarios -USEP- y de la sección femenina de la cárcel El Manzano a permanecer ubicables y disponibles fuera de su jornada ordinaria.
III. MARCO NORMATIVO
- Decreto Ley N° 2.859/1979: Artículo 6°, N° 15, Artículo 1° letra a), Artículo 3° letra d).
- Ley N° 18.575: Artículo 3°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si Gendarmería de Chile puede implementar un sistema de turnos de llamada que impone a sus funcionarios la obligación de permanecer ubicables y disponibles fuera de su jornada laboral.
- Argumentación CGR: La CGR se funda en la facultad del Director Nacional de Gendarmería para fijar horarios y turnos de trabajo (artículo 6°, N° 15, del decreto ley N° 2.859, de 1979). Considera que dicho sistema permite contar con personal suficiente ante emergencias o catástrofes.
- Principios interpretativos: Se pondera la necesidad de asegurar el cumplimiento d...
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