Contraloría - Dictamen N° 21339 2012

Reevaluación estado salud hijo mayor edad para pensión montepío

Abstracto

La Contraloría analiza el derecho a pensión de montepío de un hijo mayor de edad inválido, recomendando una nueva evaluación médica para determinar su condición ante antecedentes no considerados previamente, aplicando normativa de Carabineros y jurisprudencia administrativa.

Resumen

  • Materia del Dictamen: Reevaluación de estado de salud para establecer el derecho a ser asignatario de pensión de montepío como hijo mayor de edad inválido.
  • Derecho a Montepío para Hijos: El D.F.L. N° 2, de 1968, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, en su artículo 121, establece el derecho a montepío en segundo grado para los hijos, interpretándose esta calidad como aplicable a hijos matrimoniales y no matrimoniales conforme al Código Civil.
  • Cesación del Beneficio: Según el artículo 125, N° 2, del D.F.L. N° 2, de 1968, los hijos varones cesarán en el goce de montepío al superar la edad de veintiún o veintitrés años (si fueren estudiantes), a menos que acrediten invalidez o incapacidad absoluta.
  • Acreditación de Invalidez por Comisión Médica: El artículo 126 del D.F.L. N° 2,...

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