Contraloría - Dictamen N° 26062 2012
Sanciones disciplinarias proceso calificatorio Carabineros
Abstracto
Dictamen 26062 de 2012. Sanciones disciplinarias a firme previas al inicio del proceso calificatorio pueden ser consideradas en la evaluación de funcionarios de Carabineros de Chile, conforme al DFL 2/68 y decretos reglamentarios.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ricardo Emerson Matamala Chávez, ex funcionario de Carabineros de Chile.
- Materia: Legalidad del proceso calificatorio y consideración de sanciones disciplinarias.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad del proceso calificatorio del año 2011, en el cual el recurrente fue incluido en Lista N° 4, de Eliminación.
- Hechos relevantes: El recurrente alega que los órganos evaluadores consideraron sanciones que no estaban a firme al momento de la evaluación.
III. MARCO NORMATIVO
- dto 5193/59 inter art/16: Reglamento de Selección y Ascensos.
- dto 5193/59 inter art/113: Reglamento de Selección y Ascensos.
- dto 900/67 inter art/49: Reglamento de Disciplina.
- dfl 2/68 inter art/32: Estatuto del Personal de Carabineros de Chile.
- *ley 11595 art/36
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la inclusión de sanciones no firmes en el proceso calificatorio vicia la legalidad de la evaluación.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República señala que las sanciones pueden ser consideradas en la calificación siempre que estén a firme con anterioridad a la fecha de inicio de aquélla (16 de mayo de 2011).
V. PRONUNCIAMIENTO
- *Deci...
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