Contraloría - Dictamen N° 44807 2012
Improcedencia traspaso cotizaciones AFP a CAPREDENA
Abstracto
Dictamen 44807 de 2012. Se determina que no procede el traspaso a CAPREDENA de cotizaciones enteradas en AFP por segundo desempeño en ASMAR, conforme al DL 3500/80 y la Ley 18.458, al existir solución de continuidad.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: María Eugenia Vega Tapia
- Materia: Traspaso de cotizaciones de AFP a CAPREDENA por segundo período laboral en ASMAR.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a traspasar cotizaciones desde una AFP a CAPREDENA.
- Hechos relevantes: La recurrente laboró en ASMAR de 1980 a 1992 (imposiciones en CAPREDENA), se retiró sin pensión y reingresó en 2006 (cotizaciones en AFP Capital S.A.).
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 18.458: Artículos 1°, 2° y 3° sobre régimen previsional del personal de la Defensa Nacional.
- DFL 1/68 (Ministerio de Defensa Nacional): Antiguo Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.
- DL 3.500/80: Establece el sistema de capitalización individual.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede el traspaso de cotizaciones enteradas en una AFP a CAPREDENA, considerando la normativa vigente y la situación laboral de la recurrente.
- Argumentación CGR: La CGR considera que, dado que existió solución de continuidad entre el primer y segundo período laboral de la solicitante en ASMAR, las cotizaciones del segundo período están correctamente enteradas en el sistema de capitalización individual (DL 3.500/80).
V. PRONUNCIAMIENT...
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