Contraloría - Dictamen N° 47955 2012
Improcedencia bono retiro personal femenino
Abstracto
Dictamen 47955 de 2012. Se determina que no procede considerar en la determinación de la pensión de retiro el bono del artículo 79 de la ley 18948 para personal femenino de CAPREDENA, al no cumplir los requisitos de años de servicio y edad.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Rosa Maritza Parra Araya
- Materia: Improcedencia bono art. 79 ley 18948 en pensión de retiro.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre si cumple con las exigencias para percibir el beneficio del artículo 79 de la ley N° 18.948, en favor del personal femenino imponente de CAPREDENA.
- Hechos relevantes: La recurrente se retiró de ASMAR el año 2001 con 24 años y 10 meses de servicios efectivos y sin cumplir los 55 años de edad.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas, artículo 79, inciso tercero.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la recurrente cumple con los requisitos para percibir el bono establecido en el artículo 79 de la ley N° 18.948.
- Argumentación CGR: La recurrente no cumple con los requisitos de 25 años de servicios o 20 años de servicios y 55 años de edad, establecidos en el inciso tercero del artículo 79 de la ley N° 18.948.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No procede considerar el bono contemplado en el artículo 79 de la ley 18948 en la determinación de la pensión de retiro de la recurrente.
VII. RELACIÓN CON JURISPRUDENCIA
- Aplica Jurisprudencia...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora