Contraloría - Dictamen N° 47978 2012
Improcedencia feriado proporcional ley 18834
Abstracto
Dictamen 47978 de 2012. La CGR indica que funcionaria regida por la ley 18.834 no tiene derecho a feriado proporcional, aplicando el artículo 105 de la misma ley. Se complementa jurisprudencia sobre feriados en instituciones con receso anual.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: María Teresa Rodas Sarmiento (exfuncionaria de la Universidad Tecnológica Metropolitana)
- Materia: Improcedencia del pago de feriado proporcional a funcionaria regida por la ley N° 18.834.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho al pago de feriado proporcional por los meses trabajados durante el año 2011.
- Hechos relevantes: La Universidad Tecnológica Metropolitana informa que la peticionaria no tiene derecho a dicho beneficio, dado que sus funcionarios se rigen por el artículo 105 de la ley N° 18.834, que no contempla el feriado proporcional.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.834, artículos 103 y 105.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la funcionaria tiene derecho al pago de feriado proporcional.
- Argumentación CGR: La ley N° 18.834 no contempla el pago de feriado proporcional, sino que este beneficio se encuentra previsto en el Código del Trabajo, aplicable solo a quienes se rigen por él.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes Nos 25.181, de 2004, 3.591, de 2004 y 8.025, de 2011.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La funcionaria no tiene derecho al pago de feriado proporcional.
- *Criterios e...
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