Contraloría - Dictamen N° 50966 2012
Improcedencia aplicación transitorio ley 20157
Abstracto
Dictamen 50966 de 2012. Alcalde de Maipú consulta sobre aplicación del artículo 3° transitorio de la ley 20157 a funcionarios regidos por el Código del Trabajo al 2007. CGR determina improcedencia por no cumplir requisitos copulativos según jurisprudencia administrativa.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcalde de la Municipalidad de Maipú
- Materia: Improcedencia de aplicar el artículo 3° transitorio de la ley 20157 a funcionarios regidos por el Código del Trabajo.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud para determinar si el artículo 3° transitorio de la ley 20157 es aplicable a funcionarios regidos por el Código del Trabajo que laboraban en centros de salud familiar al 5 de enero de 2007, fecha de publicación de la ley, pese a que no cumplían con la categoría funcionaria exigida por la norma, pero sí poseían el título técnico requerido.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 20.157, artículo 3° transitorio; Ley N° 19.378, artículo 5°; Ley N° 19.813.
- Reglamentos: DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Educación, artículo 35; DFL N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, artículo 54, inciso séptimo, letra a).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si es procedente aplicar el artículo 3° transitorio de la ley N° 20.157 a funcionarios que, al 5 de enero de 2007, se regían por el Código del Trabajo y no por la ley N° 19.378.
- Argumentación CGR: El artículo 3° transitorio de la ley N° 20.157 beneficia a técnicos de salud clasificados en la categoría d) del artículo 5° de la ley N°...
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