Contraloría - Dictamen N° 51485 2012
Feriado 17/20 Septiembre Funcionarios Públicos
Abstracto
Dictamen 51485 de 2012. El Contralor General Subrogante determina que el artículo 35 ter del Código del Trabajo, que declara feriados los días 17 o 20 de septiembre, es aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo de Chile
- Materia: Aplicación del artículo 35 ter del Código del Trabajo a funcionarios de la Administración del Estado en relación a los feriados de septiembre.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud para determinar si el artículo 35 ter del Código del Trabajo, que declara feriados los días 17 o 20 de septiembre, es aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado.
III. MARCO NORMATIVO
- Código del Trabajo: artículo 1 incisos 2 y 3, artículo 35 ter.
- Ley 18.834: artículo 71.
- Ley 18.883: artículo 68.
- Ley 20.215: Incorpora el artículo 35 ter al Código del Trabajo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el artículo 35 ter del Código del Trabajo, que establece feriados en septiembre, se aplica a los funcionarios de la Administración del Estado.
- Argumentación CGR: El artículo 1 del Código del Trabajo excluye a los funcionarios públicos, pero su inciso tercero indica que se sujetarán a dicho Código en materias no reguladas por sus estatutos, siempre que no sean contrarias a estos. Ni la ley 18.834 ni otros estatutos aplicables a la Administración del Estado declaran feriados, solo eximen de trabajar ciertas ...
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