Contraloría - Dictamen N° 53625 2012

Improcedencia bono ley 20305

Abstracto

Dictamen 53625 de 2012. Don Guillermo Enrique Cocio Yanqui (Corporación Municipal de La Florida) no tiene derecho al bono de la ley 20.305 por no haber cesado en el plazo legal. Se aplica el artículo 2°, número 5 de la ley 20.305.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Guillermo Enrique Cocio Yanqui, exdocente de la Corporación Municipal de La Florida.
  • Materia: Improcedencia del bono post laboral de la ley N° 20.305 por cese fuera de plazo.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho al bono de la ley N° 20.305, denegado por la Tesorería General de la República debido al retraso en la terminación de la relación laboral.
  • Hechos relevantes: El solicitante cumplió 65 años el 26 de junio de 2010, presentó su solicitud el 4 de mayo de 2011, y cesó el 16 de agosto de 2011.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley: N° 20.305, artículo 1°, inciso primero; artículo 2°, número 5.
  • Decreto con Fuerza de Ley: N° 1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si el peticionario tiene derecho al bono de la ley N° 20.305, considerando que cesó en sus funciones fuera del plazo legal.
  • Argumentación CGR: El artículo 2°, número 5, de la ley N° 20.305 exige cesar en el cargo dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad de jubilación (65 años para hombres). El requirente cesó fuera de ese plazo.
  • Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N° 56.046 de 2010, N° 80.512 ...

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