Contraloría - Dictamen N° 54792 2012
Cómputo trienios funciones delegadas
Abstracto
Dictamen 54792 de 2012. Se determina que el tiempo servido a empleadores particulares con funciones delegadas de un servicio público puede computarse para el cálculo de trienios de un profesional funcionario, según el artículo 7 de la ley 15076.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Juan Américo Velásquez Morales
- Materia: Reconocimiento de tiempo servido a empleadores particulares para efectos de trienios.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo contra el Instituto Nacional del Tórax por la falta de reconocimiento del segundo trienio.
- Hechos relevantes: El recurrente alega no reconocimiento de trienio; el Instituto señala haber reconocido y pagado el beneficio.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 15.076, artículo 7, incisos 3 y 4.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el tiempo servido a empleadores particulares que ejercen funciones delegadas de un servicio público debe ser considerado para el cálculo de la asignación por antigüedad (trienios).
- Argumentación CGR: Se basa en el artículo 7°, inciso cuarto, de la ley N° 15.076, que permite computar el tiempo trabajado a empleadores particulares que ejerzan funciones delegadas de un servicio público.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: En la medida que el desempeño particular cumpla con la exigencia de funciones delegadas, dichas labores podrán ser consideradas para efectos del pago del emolumento.
- Criterios establecidos: El interesado debe acreditar ante su empleador los lapsos traba...
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