Contraloría - Dictamen N° 57558 2012
Incompetencia CGR invalidar toma razón
Abstracto
Dictamen 57558 de 2012. CENABAST. Se rechaza solicitud de abstenerse de tomar razón de la resolución 238/2012, por carecer la CGR de competencia para invalidar una toma de razón ya efectuada. Se aplica el artículo 10 de la ley 10.336.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Watt´s S.A.
- Materia: Solicitud de abstención de toma de razón de resolución de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (CENABAST).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de Watt´s S.A. para que la CGR se abstenga de tomar razón de la resolución N° 238/2012 de CENABAST, mientras se resuelve un procedimiento judicial ante el Tribunal de Contratación Pública.
- Hechos relevantes: La CGR ya había tomado razón de la resolución N° 238 el 17 de agosto de 2012.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 10.336: Artículo 10 y artículo 6°, inciso tercero.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la CGR puede abstenerse de tomar razón o invalidar una toma de razón ya efectuada, y si puede adoptar otras medidas cautelares mientras un asunto se encuentra judicializado.
- Argumentación CGR: La CGR carece de competencia para dejar sin efecto una toma de razón ya realizada. La calificación de legalidad se efectúa en una única oportunidad (artículo 10 de la ley N° 10.336). Tampoco le corresponde intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los tribunales (artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336).
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N°...
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