Contraloría - Dictamen N° 58190 2012
Creación cargo Secretario Abogado obligatorio
Abstracto
Dictamen 58190 de 2012. La CGR determina que la Municipalidad de María Elena debe crear el cargo de Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local, conforme a la ley 20.554, incluso si no tiene recursos, pues la ley obliga a identificar el cargo.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcalde de la Municipalidad de María Elena
- Materia: Obligación de crear el cargo de Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Presentación de la Municipalidad de María Elena consultando sobre la obligación de crear el cargo de Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local.
- Hechos relevantes: La planta de personal del municipio contempla solo dos cargos profesionales, y las funciones de secretario de juzgado no son ejercidas por un abogado.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.554: Artículos 10, 11 y 16 (creación de Juzgados de Policía Local).
- DFL N° 69-19.280 de 1994: Contiene la planta de personal del municipio.
- Ley N° 18.883: Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
- Ley N° 18.695: Artículos 5, letra b), y 14 (Orgánica Constitucional de Municipalidades).
- Constitución Política: Artículo 122.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: ¿Está obligada la Municipalidad de María Elena a crear el cargo de Secretario Abogado de Juzgado de Policía Local?
- Argumentación CGR: La ley N° 20.554 obliga a identificar el cargo, aunque no se cuente con los recursos. La falta de recursos no exime a la municipalidad de esta obligación.
- *Prin...
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