Contraloría - Dictamen N° 59304 2012
Pensionado CAPREDENA no puede reincorporarse
Abstracto
Dictamen N° 59.304, de 2012, establece que pensionado de CAPREDENA que se reincorpora al servicio no puede volver a ser imponente de ese régimen si optó previamente por el sistema del DL N° 3.500, conforme al artículo 69 de dicho decreto ley.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Don Marco Antonio Gómez Osses
- Materia: Imposibilidad de volver a ser imponente de CAPREDENA para pensionado reincorporado al servicio.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a volver a ser imponente de CAPREDENA por nuevo desempeño en la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
- Hechos relevantes: El recurrente es pensionado de CAPREDENA y se reincorporó a la DGAC.
- Documentación asociada: Oficios N°s. 4.348 y 44.430, ambos de 2007, de la Contraloría General de la República; resolución N° 1.383, de 2004, de la ex Subsecretaría de Marina.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 18.458: Artículo 10, que regula la situación de los pensionados de CAPREDENA y DIPRECA que vuelven al servicio.
- Decreto Ley N° 3.500, de 1980: Artículos 17, 69 y 84, relativos a la cotización para salud y exención de cotización para pensionados.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si un pensionado de CAPREDENA puede volver a ser imponente de dicha institución al reincorporarse al servicio.
- Argumentación CGR: Aplica el dictamen N° 4.348, de 2007, que reconsideró la jurisprudencia anterior y estableció que solo pueden volver al régimen de CAPREDENA aquellos pe...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora