Contraloría - Dictamen N° 60102 2012
Improcedencia pago intereses compensación horas
Abstracto
Dictamen 60102 de 2012. Se determina que no procede el pago de intereses ni reajustes por el retardo en la compensación pecuniaria de horas extraordinarias, aplicando dictámenes 51071/2010 y 45032/2012.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Álvaro Monsalves Araneda, exfuncionario de la Dirección General del Crédito Prendario
- Materia: Improcedencia del pago de intereses y reajustes por retardo en la compensación de horas extraordinarias.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pago de horas extraordinarias adeudadas desde octubre de 2011, con reajustes e intereses.
- Hechos relevantes: La Dirección General del Crédito Prendario (DICREP) informa que dispuso la retribución del sobretiempo reclamado por el recurrente.
III. MARCO NORMATIVO
- No se explicita normativa específica, se alude a la interpretación de la ley en materia de obligaciones de dinero.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: ¿Procede el pago de reajustes e intereses por el retardo en el pago de horas extraordinarias?
- Argumentación CGR: Si la ley no contempla norma expresa que establezca la actualización de los montos o la retribución de sus utilidades, las obligaciones de dinero deben percibirse en sus valores originarios.
- Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes Nos 51.071, de 2010 y 45.032, de 2012.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No le asiste al peticionario el derecho a los incrementos (reajustes e intereses) que prete...
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